¿Qué documentos deben recopilarse del proveedor para la declaración de conformidad conforme al Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases?

La preparación de la declaración de conformidad PPWR no comienza con la cumplimentación del formulario del anexo VIII, sino con la recopilación de pruebas que confirmen la conformidad de un envase concreto. Si compras envases, materiales o sus componentes a proveedores externos, necesitas que te proporcionen datos que permitan preparar la documentación técnica y realizar la evaluación de la conformidad. Entre ellos pueden figurar especificaciones de materiales, planos, información sobre la composición, normas aplicadas, resultados de ensayos y otros documentos técnicos. Sin embargo, el alcance no es idéntico para cada envase. Depende del material, la construcción, el uso y los requisitos del PPWR que le sean aplicables. La siguiente lista de verificación muestra qué conviene recopilar, qué se deriva directamente del Reglamento (UE) 2025/40 y por qué la mera declaración recibida del proveedor no siempre cierra el asunto.

¿Qué documentos del proveedor se necesitan para el PPWR? Lista de verificación rápida

No existe un único «paquete de documentos PPWR» universal adecuado para cada envase. El punto de partida debe ser recopilar información que permita identificar el envase, reconstruir su diseño y demostrar el cumplimiento de los requisitos aplicables al tipo de envase en cuestión.

¿Qué recopilar del proveedor? ¿Para qué? ¿En qué hay que fijarse?
Identificación precisa del envase o componente Vincular las pruebas al tipo de envase correcto Código, nombre, variante, versión, número de lote u otra identificación
Especificación técnica Descripción del diseño y de los parámetros del envase El documento debe referirse exactamente a la variante adquirida
Composición del material Evaluación de los requisitos relativos a materiales y componentes Incluye también elementos adicionales, capas y cierres
Planos o documentación de diseño Elemento de la documentación técnica del anexo VII La versión del plano debe corresponder al producto actual
Informes de ensayos Prueba del cumplimiento de requisitos específicos Comprueba el alcance, el método, la muestra, la fecha y la versión del material
Información sobre normas y especificaciones aplicadas Documentar cómo se ha realizado la evaluación No basta el número de la norma sin indicar el ámbito de aplicación
Documentos exigidos por otra legislación de la UE Pueden formar parte de las pruebas PPWR Especialmente relevantes para envases en contacto con alimentos
Declaración UE de conformidad, si el proveedor es el operador obligado a emitirla Confirmación de la evaluación de un tipo de envase determinado Comprueba si la declaración cubre realmente el envase adquirido
Información sobre cambios del producto Mantener actualizada la documentación Acordar con el proveedor la obligación de informar sobre cambios en el material, el diseño o el proceso

Esta lista es un punto de partida. No debes exigir automáticamente todos los certificados y ensayos posibles a cada proveedor. El alcance de las pruebas debe corresponder a los requisitos aplicables al tipo de envase concreto.

Artículo 16 del PPWR: el proveedor debe facilitar información y documentación

La base jurídica para solicitar datos al proveedor es el artículo 16 del Reglamento (UE) 2025/40. La disposición establece que los proveedores de envases o materiales de envase facilitan al fabricante toda la información y documentación necesarias para demostrar la conformidad de los envases y materiales de envase con el PPWR. El Reglamento se refiere expresamente a la documentación técnica especificada en el anexo VII y exigida con arreglo a las disposiciones pertinentes de los artículos 5 a 11. La información puede facilitarse en papel o en formato electrónico y en una lengua fácilmente comprensible para el fabricante. En el caso de envases sensibles al contacto, cuando también sean aplicables otros actos jurídicos de la Unión, la documentación pertinente derivada de dichas disposiciones puede formar parte del paquete de información facilitado a efectos del PPWR. El texto completo del Reglamento puede consultarse en EUR-Lex – Reglamento (UE) 2025/40 .

Los documentos del proveedor no transfieren la responsabilidad de la declaración PPWR

La obtención de documentos del proveedor no significa automáticamente que la responsabilidad de la conformidad se transfiera al proveedor. Primero debes determinar quién es el fabricante en cada caso conforme a las normas sobre conformidad de los envases. De conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases, antes de introducir un envase en el mercado, el fabricante lleva a cabo o encarga el procedimiento de evaluación de la conformidad establecido en el artículo 38 y elabora la documentación técnica de conformidad con el anexo VII. Tras demostrar la conformidad, elabora la declaración UE de conformidad con arreglo al artículo 39. El artículo 39, apartado 4, es especialmente importante: al elaborar la declaración de conformidad, el fabricante asume la responsabilidad de la conformidad del envase con los requisitos del PPWR. Por tanto, el documento recibido del proveedor puede ser una prueba importante, pero debes comprobar su alcance y determinar si se refiere exactamente al envase o componente que utilizas.

1. Empieza por la identificación inequívoca del envase

Cada documento debe poder vincularse de forma inequívoca a un envase, material o componente concreto. Un informe de laboratorio relativo a una «botella de PET» tiene poco valor si la empresa no puede demostrar a qué botella concreta del catálogo del proveedor se refiere. Conviene recopilar al menos:

  • la denominación comercial del envase o componente,
  • el código de producto del proveedor,
  • el código interno del envase utilizado en tu empresa,
  • el tipo y formato del envase,
  • las dimensiones y la masa,
  • la versión o revisión de la especificación,
  • información sobre el uso previsto del envase,
  • la fecha de vigencia del documento o de la versión del producto.

El artículo 15, apartado 5, del PPWR exige asimismo que el envase lleve un tipo, número de lote, número de serie u otro elemento que permita su identificación o, cuando ello no sea posible debido al tamaño o la naturaleza del envase, que la información correspondiente figure en un documento que lo acompañe.

2. Solicita la especificación técnica y la composición material del envase

La especificación técnica es uno de los documentos básicos de entrada para la evaluación de la conformidad. Debe permitir comprender de qué está hecho el envase y cómo se fabrica. En función de la construcción, conviene recopilar información sobre el material principal, las distintas capas, los aditivos, los elementos de cierre, las etiquetas y otros componentes que afecten a las propiedades del envase. El anexo VII del PPWR exige que la documentación técnica incluya, cuando proceda, entre otros aspectos, los materiales de los componentes. Por ello, la mera afirmación «envase de plástico» normalmente no será un nivel de información suficiente para una documentación técnica rigurosa.

3. Recopila los planos técnicos y la información sobre el diseño

El anexo VII también hace referencia al proyecto conceptual, los planos de fabricación y las descripciones necesarias para comprenderlos. Esto no significa en todos los casos que sea necesario obtener la documentación tecnológica confidencial completa del proveedor. No obstante, la documentación debe permitir evaluar la conformidad de un envase concreto y reproducir los parámetros más importantes de su diseño. En el caso de un envase multicomponente, conviene identificar por separado, por ejemplo, el cuerpo, el cierre, la etiqueta, la funda, el inserto u otros elementos si son relevantes para la evaluación de los requisitos.

4. Informes de ensayo: comprueba no solo el resultado, sino también el alcance del ensayo

El anexo VII menciona los informes de ensayo como elemento de la documentación técnica, cuando proceda. Sin embargo, esto no significa que cada envase deba someterse automáticamente al mismo conjunto de ensayos de laboratorio. El artículo 35 del PPWR exige que los ensayos, mediciones y cálculos utilizados para demostrar la conformidad se realicen mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, y que tengan en cuenta el estado de la técnica generalmente reconocido. Al recibir un informe del proveedor, comprueba:

  • quién realizó el ensayo,
  • a qué muestra se refiere el informe,
  • si el código de la muestra corresponde al envase adquirido,
  • qué método se utilizó,
  • qué parámetros se ensayaron,
  • cuándo se realizó el ensayo,
  • si el material o el proceso ha cambiado desde el ensayo,
  • si el resultado demuestra realmente el nivel de conformidad exigido.

Un simple archivo PDF titulado «certificate» no debe considerarse una prueba suficiente sin comprobar su alcance.

5. Las normas armonizadas y especificaciones técnicas también deben documentarse

La documentación técnica debe indicar en qué base se evaluó la conformidad. El anexo VII enumera, entre otros, las normas armonizadas, las especificaciones comunes y otras especificaciones técnicas pertinentes utilizadas para las mediciones o cálculos. Si el proveedor declara la conformidad sobre la base de una norma concreta, conviene determinar si se ha aplicado íntegramente o solo en parte. Si no se ha aplicado una norma o especificación común, la documentación debe describir la solución adoptada para cumplir el requisito correspondiente.

6. Los envases destinados a entrar en contacto con alimentos pueden requerir documentación adicional

En el caso de envases sensibles al contacto, el alcance de los documentos no se limita al propio Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases. El artículo 16, apartado 2, indica que, cuando proceda, la documentación y la información exigidas en virtud de otros actos jurídicos de la UE relativos a dichos envases deben formar parte de la información facilitada al fabricante. Por ello, antes de preparar una lista de control para el proveedor, debes determinar el uso real del envase. Puede necesitarse un conjunto de pruebas distinto para una caja de transporte, otro para una botella cosmética y otro para un material destinado al contacto directo con alimentos.

7. Reciclabilidad, minimización y reutilización: verifica la fecha correcta

El Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases incluye diversos requisitos relativos, entre otros, a la reciclabilidad, la minimización de los envases, el contenido de material reciclado y la reutilización. Sin embargo, no todas las obligaciones empiezan a aplicarse el 12 de agosto de 2026. Por ello, la lista de documentos del proveedor debe elaborarse no solo según el material, sino también según los requisitos aplicables al tipo de envase de que se trate en un momento concreto. El propio anexo VII prevé, entre otros elementos, una descripción cualitativa de cómo se han realizado las evaluaciones pertinentes derivadas de los artículos 6, 10 y 11. Por tanto, con la entrada en vigor de nuevos requisitos y actos de ejecución, el alcance de los datos necesarios puede cambiar.

¿Basta con pedir al proveedor una «declaración de conformidad PPWR»?

No siempre. Si el proveedor es el fabricante de un tipo de envase terminado y ha realizado correctamente la evaluación de la conformidad, su declaración UE de conformidad puede ser un documento muy importante. No obstante, debe ajustarse al modelo y a los requisitos del Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases e identificar inequívocamente el envase al que se refiere. En cambio, si solo compras al proveedor un material o componente, por ejemplo, una materia prima determinada o un elemento de un envase mayor, la situación puede ser distinta. En ese caso, necesitas ante todo datos y documentación que permitan utilizar dicho componente en la evaluación de la conformidad del envase final. Por ello, en lugar de enviar a todos los socios comerciales una única pregunta: «Solicito un certificado PPWR», es mejor determinar qué información concreta necesitas y a qué tipo de envase se asignará.

¿Qué recopilar del proveedor de fuera de la UE? Las obligaciones del importador son más amplias

El importador no debe asumir que su responsabilidad termina al recibir un único documento del fabricante extranjero. El artículo 18 del Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases exige, antes de introducir un envase en el mercado, comprobar, entre otras cosas, si el fabricante ha realizado el procedimiento de evaluación de la conformidad y ha elaborado la documentación técnica conforme al anexo VII. El importador también debe conservar una copia de la declaración UE de conformidad y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a disposición de las autoridades competentes previa solicitud. En la práctica, en caso de importación directa de envases o productos envasados desde fuera de la UE, conviene determinar ya en la fase de compra si el socio comercial extranjero podrá proporcionar datos técnicos completos, identificables y actualizados.

¿Qué hacer si el proveedor no dispone de los documentos exigidos por el Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases?

La falta de documentos no debe «subsanarse» emitiendo una declaración sin pruebas. La declaración de conformidad es el resultado del proceso de evaluación de la conformidad, no su sustituto. Si la documentación está incompleta:

  1. determina exactamente qué información o prueba falta,
  2. indica al proveedor el envase o componente al que se refiere la solicitud,
  3. solicita la documentación con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases,
  4. comprueba si la falta puede subsanarse con otra prueba fiable,
  5. si es necesario, realiza la evaluación, medición o ensayo adecuados,
  6. no finalices la evaluación de la conformidad hasta que dispongas de una base suficiente para demostrar el cumplimiento de los requisitos aplicables.

Es especialmente peligrosa la situación en la que la empresa dispone de una declaración, pero no puede demostrar en qué documentación técnica se basó.

¿Cómo comprobar si un documento del proveedor es realmente adecuado para la documentación relativa al Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases?

Lo más importante es el alcance, la trazabilidad y la vigencia. Conviene evaluar cada documento recibido con el mismo conjunto de preguntas.

Pregunta de control ¿Por qué es importante?
¿Se sabe a qué envase se refiere el documento? Sin ello, no es posible vincular de forma fiable la prueba con la declaración
¿El código y la versión coinciden con el producto adquirido actualmente? El proveedor puede haber cambiado el material o la estructura
¿El documento indica el método aplicado o la base de la evaluación? Un resultado por sí solo, sin metodología, puede ser insuficiente
¿El alcance del documento abarca el requisito que quieres demostrar? Un certificado no confirma automáticamente todos los requisitos del Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases
¿El documento está vigente? Un cambio en el producto puede requerir una nueva evaluación
¿Puedes demostrar el origen del documento? Respalda la trazabilidad y la fiabilidad de la documentación

El cambio de proveedor, material o estructura puede requerir una nueva evaluación

El artículo 15, apartado 4, del Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases exige tener en cuenta los cambios en el diseño, las características del envase y las normas y especificaciones pertinentes sobre cuya base se declara la conformidad. Si el cambio puede afectar a la conformidad del envase, debe realizarse una nueva evaluación con arreglo al artículo 38. Por ello, conviene acordar con el proveedor un mecanismo para informar de los cambios dentro del proceso de compra. No basta con recopilar los documentos una sola vez y conservarlos indefinidamente, con independencia de los cambios posteriores. Entre otros, pueden requerir revisión los cambios en:

  • el proveedor del material,
  • el tipo de material o la formulación,
  • la masa del envase,
  • la estructura y las dimensiones,
  • las capas o los componentes,
  • el proceso de producción que afecte a las características,
  • las normas o especificaciones aplicadas.

¿Cómo gestionar los documentos de los proveedores cuando la empresa tiene cientos de SKU?

A mayor escala, el problema deja de ser el mero almacenamiento de archivos y pasa a ser vincular la prueba correcta con el tipo de envase correcto. Un tipo de envase puede utilizarse para muchos productos o SKU. A su vez, un producto puede utilizar varios elementos de envase procedentes de distintos proveedores. Por ello, conviene establecer la relación: proveedor → componente → tipo de envase → versión → documentación técnica → evaluación de la conformidad → declaración. Este modelo permite responder no solo a la pregunta «¿tenemos este PDF?», sino sobre todo a «¿para qué envases constituye este documento la base de la conformidad?».

La documentación relativa al Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases debe poder localizarse durante una inspección

El artículo 15, apartado 10, del Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases establece que, tras una solicitud motivada de una autoridad nacional, la información y los documentos pertinentes necesarios para demostrar la conformidad deben facilitarse en un plazo de 10 días desde la recepción de la solicitud. Por tanto, el fabricante debe poder pasar rápidamente de un envase concreto a la documentación técnica y a las pruebas en las que se basó la evaluación de la conformidad. Se prevé un plazo análogo para los importadores en el artículo 18, apartado 8. Esta es una de las razones por las que almacenar cientos de archivos en carpetas, buzones de correo electrónico y hojas de cálculo inconexos puede convertirse en un problema organizativo.

¿Durante cuánto tiempo deben conservarse la documentación técnica y la declaración PPWR?

De conformidad con el artículo 15, apartado 3, la documentación técnica y la declaración UE de conformidad se conservarán:

  • 5 años desde la introducción en el mercado en el caso de los envases de un solo uso;
  • 10 años desde la introducción en el mercado en el caso de los envases reutilizables.

También conviene conservar información sobre la versión de la documentación, su período de validez y los envases a los que se aplicaba.

Errores más frecuentes al recopilar documentos de proveedores

El mayor error es tratar la documentación PPWR como un conjunto de certificados aleatorios. Los documentos deben constituir un conjunto coherente de pruebas para un tipo concreto de envase.

  • solicitar únicamente un «certificado PPWR» sin definir su alcance,
  • falta de identificador del envase en los documentos,
  • conservar informes sin información sobre la variante a la que se refieren,
  • falta de control de versiones de la documentación,
  • falta de información sobre cambios por parte del proveedor,
  • considerar automáticamente un informe como prueba de todos los requisitos,
  • confundir la documentación técnica con la propia declaración de conformidad,
  • falta de vinculación del envase con los productos o SKU en los que se utiliza.

¿Cómo debe ser el proceso de recopilación de documentación PPWR de los proveedores?

Cuando existe un mayor número de envases, funciona bien un proceso fijo y repetible, en lugar de una acción puntual de envío de correos electrónicos a los proveedores.

  1. Identifica el tipo de envase y sus componentes.
  2. Asigna un proveedor a cada componente.
  3. Determina los requisitos PPWR aplicables.
  4. Define los datos y las pruebas necesarios.
  5. Recopila los documentos de los proveedores.
  6. Verifica el alcance, la identificación y la vigencia de cada documento.
  7. Completa las evaluaciones, cálculos o ensayos que falten.
  8. Elabora la documentación técnica conforme al Anexo VII.
  9. Realiza la evaluación de la conformidad conforme al artículo 38.
  10. Tras demostrar la conformidad, prepara la declaración UE de conformidad.
  11. Vincula la declaración con el tipo de envase correspondiente.
  12. Supervisa los cambios posteriores de la documentación y del envase.

¿Cuándo conviene automatizar la gestión de la documentación y las declaraciones PPWR?

Con unos pocos envases, la documentación puede gestionarse manualmente. Sin embargo, con decenas o cientos de tipos de envases surge un problema adicional: hay que controlar proveedores, versiones, componentes, documentos, declaraciones y productos que utilizan un determinado envase. En ese caso, la automatización debe abarcar no solo la generación del PDF final, sino toda la cadena de datos que conduce a la declaración de conformidad. Por ejemplo, el sistema puede indicar los datos que faltan, almacenar documentos de origen, vincularlos a tipos concretos de envases, controlar versiones y generar la declaración a partir de documentación estructurada.

Documentos del proveedor para PPWR: conclusiones principales

No necesitas una colección de certificados aleatorios. Necesitas un conjunto completo e identificable de pruebas para un tipo concreto de envase. El artículo 16 del PPWR proporciona una base clara para obtener de los proveedores la información y documentación necesarias para demostrar la conformidad. El Anexo VII indica, a su vez, qué elementos debe contener la documentación técnica. En última instancia, estos documentos sirven para realizar la evaluación de la conformidad y, tras demostrar el cumplimiento de los requisitos aplicables, para preparar la declaración UE de conformidad. Por tanto, lo más importante es vincular el documento con un envase concreto, su versión, material, requisito PPWR y la prueba que realmente confirma dicho requisito.

FAQ: documentos y declaración de conformidad PPWR

¿Qué es la declaración de conformidad de los envases PPWR?

La declaración UE de conformidad es el documento mediante el cual el fabricante confirma que se ha demostrado el cumplimiento de los requisitos PPWR aplicables al envase. Sus normas se establecen en el artículo 39 y el modelo de estructura figura en el Anexo VIII del Reglamento (UE) 2025/40.

¿Quién expide la declaración de conformidad PPWR?

Por regla general, la declaración la elabora el fabricante responsable de la conformidad del tipo de envase correspondiente, tras realizar el procedimiento de evaluación de la conformidad y preparar la documentación técnica. No obstante, la responsabilidad concreta depende del papel de la empresa en la cadena de suministro y de la forma de introducir el envase en el mercado.

¿Qué ensayos se exigen para la conformidad con el PPWR?

El PPWR no establece un único conjunto idéntico de ensayos para todos los envases. El alcance de las pruebas, mediciones y cálculos depende del envase y de los requisitos que le sean aplicables. El anexo VII contempla informes de ensayo como elemento de la documentación técnica cuando sean pertinentes para la evaluación correspondiente.

¿Qué debe contener la declaración de conformidad PPWR?

La estructura de la declaración figura en el anexo VIII del PPWR. Incluye, entre otros elementos, la identificación del envase, los datos del fabricante, la descripción del objeto de la declaración, las referencias a los actos y especificaciones pertinentes y los datos de la persona que firma la declaración.

¿Cómo es el procedimiento de evaluación de la conformidad PPWR?

El art. 38 remite al procedimiento establecido en el anexo VII. El fabricante prepara la documentación técnica, analiza el riesgo de no conformidad, demuestra el cumplimiento de los requisitos aplicables, garantiza la conformidad de la producción con la documentación y, a continuación, elabora la declaración UE de conformidad para el tipo de envase correspondiente.

Fuentes

Base jurídica: Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los envases y residuos de envases – EUR-Lex

En el artículo se han utilizado en particular:

  • art. 15 – obligaciones de los fabricantes,
  • art. 16 – obligaciones de información de los proveedores de envases y materiales de envase,
  • art. 18 – obligaciones de los importadores,
  • art. 38 – procedimiento de evaluación de la conformidad,
  • art. 39 – declaración UE de conformidad,
  • anexo VII – procedimiento de evaluación de la conformidad y documentación técnica,
  • anexo VIII – estructura de la declaración UE de conformidad.
El artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico individual. El alcance de la documentación debe evaluarse teniendo en cuenta el tipo de envase, la función del empresario y los requisitos aplicables en cada momento.
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